Región Metropolitana – Santiago de Chile
Dirección: Ruka CESFAM Los Castaños, calle Diagonal Los Castaños Nº 5820. El punto de referencia es Av. La Florida con Departamental, por departamental hacia la cordillera.-
Información y consulta: Solo los días Jueves de cada semana, en horarios de 09:00 a 19:00 hrs, en la Ruka, ubicada en el Centro de Salud Familiar Los Castaños, comuna de La Florida.-
Horario para atención con machi: 09:00 a 14:00 hrs. El Valor de la consulta: Es Gratuita, esto se debe a que es un Programa dirigido a la población Indígena y es Financiado por el Ministerio de Salud a través del Programa Salud y Pueblos Indígenas. (MINSAL – PESPI)
La comunidad Mapuche Kallfulikan de la Florida, difunde , promueve y desarrolla desde el año 2000 en adelante un modelo y sistema de salud de acuerdo a sus conocimientos y saberes ancestrales y pone en ejercicio la practica de la medicina mapuche, haciendo uso de sus métodos preventivos en salud, practicas curativas y el uso adecuado de las yerbas medicinales.- |
Horario para el retiro de hierbas en infusión: Para quienes están bajo tratamiento con la medicina mapuche es de: 15:00 a 19:00 hrs.
Para su mayor información llamar al Fono Celular: 82579697 – 09-8277099.-
También puedes escribir a nuestros E-mail:
cm.kallfulikan@gmail.com, lonkomelinao@gmail.com, ayinzomo@gmail.com
“Nuestra tarea es velar por que la medicina mapuche se lleve a la practica de forma adecuada, respetando los principios éticos culturales mapuche”
F Ser de origen indígena, ellos con apellidos o bien por derecho legal.-
F Estar inscritos en algunos de los Centros de Salud perteneciente a la Comuna la Florida.-
F Estar en el sistema previsional FONASA o en calidad de indigencia.-
1. Personas de origen indígena mapuche que viven en la comuna de la florida, como así también indígenas que viven y están adscritos en Centros de salud de las comunas correspondientes a la Red de Salud del Servicio de Salud Metropolitanos Sur Oriente.
2. Personas no indígena que viven en la florida, que son usuarios y están inscritos en los centros de salud de la comuna. (Estas personas deben acudir previamente para su inscripción)
3. En el caso de las personas de origen indígena, estos deben acudir en forma directa, el cual le significa cumplir y acudir con los siguientes requisitos:
F Cedula Identidad.-
F Carnet de usuario del consultorio al cual pertenece o esta inscrito.-
F Numero de Ficha del centro de salud donde esta inscrito.-
F Llevar orina del paciente, sacada en ayuna. (en un frasco de vidrio transparente, 100 ml. Aprox )
F Llevar dos botellas vacías de 2 1/2 litros c/u, para el retiro de yerbas en infusión.-
a).- En el caso de personas que sean de origen indígena y no cuentan con los respectivos apellidos, estos deben acreditar bajo certificado su descendencia a través de un documento denominado certificado de acreditación indígena, entregado por CONADI.
b).- Como así también aquellas personas no indígenas que han contraído matrimonio con personas de origen indígena, estos deben acreditar certificado o libreta de matrimonio, según corresponda.
c).- En el caso que la persona no sea de origen indígena, debe acreditar un documento de referencia emitido por algún Centro de Salud de la comuna donde está adscrito.
d).- La persona que se atenderá en la medicina mapuche, el día anterior a la consulta, debe abstenerse a no ingerir ningún tipo de alimento o bebida que contengan colorantes, por ejemplo zanahoria, betarraga, té, café, gaseosas, salsas, etc.
c).- En el caso que la persona no sea de origen indígena, debe acreditar un documento de referencia emitido por algún Centro de Salud de la comuna donde está adscrito.
d).- La persona que se atenderá en la medicina mapuche, el día anterior a la consulta, debe abstenerse a no ingerir ningún tipo de alimento o bebida que contengan colorantes, por ejemplo zanahoria, betarraga, té, café, gaseosas, salsas, etc.
Comunidad Indígena Mapuche Kallfulikan
Responsable Proyecto: Samuel Melinao E-mail: lonkomelinao@gmail.com
Fono Celular: 82579697.- 98277099.-
“Los gobiernos deberán velar por que se pongan a disposición de los pueblos indígenas interesados servicios de salud adecuados y proporcionar a dichos pueblos los medios que les permita organizarse y prestar servicios bajo su propia responsabilidad y control. OIT 169.-Seguridad Social y Salud